REGIÓN

Sanidad fija servicios mínimos ante la huelga médica del 3 de octubre

CLM

La Consejería garantiza atención urgente y cuidados a pacientes con patologías graves durante la jornada de paro convocada por CESM

La Voz del Tajo | Miércoles 01 de octubre de 2025

La Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha ha publicado una resolución en la que se fijan los servicios mínimos sanitarios que prestará el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) con motivo de la huelga intermitente convocada para el próximo viernes, 3 de octubre.

Esta convocatoria, promovida por la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM), afecta al personal sanitario del Grupo A1 del Sistema Nacional de Salud.

El acuerdo, difundido este miércoles en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM), establece que los servicios mínimos se han determinado “siguiendo criterios restrictivos, en línea con la jurisprudencia que equilibra el derecho a la huelga con el derecho a la salud y a la vida”.

De este modo, se busca una proporcionalidad razonable entre las limitaciones que afrontan los profesionales y el impacto que sufren los pacientes, garantizando que la interrupción de los servicios no supere niveles considerados aceptables.

La huelga se desarrollará desde las 00:00 hasta las 23:59 horas del 3 de octubre, afectando a todo el personal cuyo turno comience en ese intervalo y se extenderá hasta el final de cada jornada laboral. En el caso de los trabajadores cuyos turnos se prolonguen hasta el día siguiente, la participación en el paro se mantendrá hasta la conclusión de su horario.

En lo que respecta a la Atención Primaria y las Urgencias Extrahospitalarias, se asegura la cobertura de las urgencias en cada Zona Básica de Salud, con la dotación equivalente a un día festivo y con algunas particularidades organizativas. En los hospitales, también se mantendrá el personal necesario para garantizar la asistencia de un día festivo.

La resolución subraya que deberá garantizarse la atención urgente y programada de los pacientes con patologías críticas o especialmente graves, en aquellos casos en los que un retraso en los tratamientos pudiera perjudicar de forma significativa su evolución clínica.

Asimismo, se indica que las empresas o entidades que gestionen servicios sanitarios del SESCAM de manera indirecta estarán obligadas a cumplir con los mismos criterios de prestación establecidos para los centros públicos.

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