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José Cardona

La formación del profesorado en la LOE

La formación del profesorado en la LOE

miércoles 23 de abril de 2014, 10:51h

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La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE número 106, de 4 de mayo) postula la educación como el medio más adecuado para garantizar el ejercicio de la ciudadanía democrática, responsable, libre y crítica, indispensable en la sociedad postmoderna (Preámbulo); sociedad que viene caracterizada por la importancia cada vez mayor del conocimiento y la información.
En una fase previa a su elaboración y promulgación (concretamente, en septiembre de 2004), el MEC publicó el documento titulado “Una educación de calidad para todos y entre todos”, donde dejaba claros dos de los principios subyacentes a la nueva concepción educativa a implantar desde la nueva Ley: los de calidad y equidad (por otra parte, ya contemplados en la norma orgánica anterior, LOCE); si bien, con el mencionado documento se proponía facilitar el debate correspondiente en la sociedad. Este proceso dio lugar a la publicación de un informe de síntesis al que, teóricamente, se incorporaron los planteamientos y sugerencias pertinentes.

Como la Ley Orgánica precedente, la potenciación del esfuerzo constituye, también, uno de los principios sustentadores de la presente, aunque explícitamente ésta implica a centros y profesores, que deberán esforzarse por construir entornos de aprendizaje ricos, motivadores y exigentes, construcción con claras connotaciones a la función docente y a la actualización de los conocimientos para ejercerla. Se hace alusión en ella, asimismo, a un decidido compromiso para converger con los objetivos educativos propuestos por la Unión Europea, poniendo un énfasis especial en las exigencias planteadas por la nueva sociedad emergente (más competitiva y dinámica, entre otros fenómenos que la definen) en la que, y citamos textualmente, “a la vista de la evolución acelerada de la ciencia y la tecnología, y el impacto que dicha evolución tiene en el desarrollo social, es más necesario que nunca que la educación prepare adecuadamente para vivir en la nueva sociedad del conocimiento y poder afrontar los retos que de ello se derivan” (Preámbulo). Tanto la flexibilidad del sistema como la mayor autonomía a los centros, que aquí se prometen, implica la existencia de un profesorado comprometido y debidamente formado, lo que obliga a una revisión de la formación inicial de los mismos y, muy especialmente, de su formación permanente, y exige, según se afirma en el propio texto legal, un compromiso de las administraciones educativas para facilitarla desde un modelo ligado a la práctica educativa en aulas y centros. Es por esto, que la Ley que analizamos, al relacionar los principios de la educación que concibe, incorpora algunos muy relacionados con el desarrollo profesional de los profesores, y que son: a) La consideración de la función docente como factor esencial de calidad de la educación, b) El reconocimiento social del profesorado y el apoyo a su tarea, y c) El fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación educativa (letras m y n del Artículo 1 de la Ley).

Es, en todo caso, en el Capítulo III donde esta Ley profundiza, y hasta realiza un cierto esfuerzo de concreción, sobre el ámbito que a nosotros más nos preocupa en el presente trabajo: la formación del profesorado. Tras la regulación de la inicial en el Artículo 100, es en el 102 donde se aborda la formación permanente, concebida como un derecho y un deber del docente, así como una responsabilidad de las distintas Administraciones educativas y de las propias instituciones de enseñanza. El último de los artículos citados, en sus apartados dos y tres, dispone en síntesis: a) Los programas de formación permanente deberán contemplar la adecuación de los conocimientos y métodos a la evolución de las ciencias y de las didácticas específicas, y b) Las Administraciones educativas promoverán la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, y la formación en lenguas extranjeras de todo el profesorado.

Este es el espíritu y letra de la norma. ¿Se cumple en nuestro Sistema Educativo? Una respuesta positiva a este interrogante, afirma mi buen amigo Eulalio, indicaría que vamos por el buen camino. ¡Cuando él lo dice...!
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