La Campaña de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio 2025 comienza este miércoles, 8 de abril, con la apertura del plazo para presentar las declaraciones por vía telemática. Los contribuyentes podrán realizar este trámite hasta el próximo 30 de junio de 2026, según el calendario establecido por la Agencia Tributaria.
Desde hace días, Hacienda ya ha habilitado el acceso a los datos fiscales, lo que permite a los ciudadanos revisar su información y preparar con antelación la declaración. Además, está disponible el sistema para obtener el número de referencia, necesario para gestionar los distintos servicios de la campaña, incluidos los de ejercicios anteriores.
A partir del mismo 8 de abril, los contribuyentes pueden consultar y presentar el borrador a través del servicio Renta WEB.
Posteriormente, la asistencia telefónica para confeccionar la declaración estará operativa entre el 6 de mayo y el 30 de junio, con cita previa desde el 29 de abril. La atención presencial en oficinas se prestará entre el 1 y el 30 de junio, previa solicitud desde el 29 de mayo.
No obstante, el plazo para presentar declaraciones con resultado a ingresar mediante domiciliación bancaria finalizará unos días antes, el 25 de junio.
En cuanto a las formas de pago, se mantienen diversas opciones como la domiciliación, el cargo en cuenta, el uso de tarjeta bancaria o sistemas de pago electrónico como Bizum, además del ingreso en entidades colaboradoras mediante documento.
¿QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS A DECLARAR?
Deberán presentar la declaración quienes hayan percibido rendimientos del trabajo superiores a 22.000 euros anuales de un solo pagador o más de 15.876 euros si proceden de dos o más pagadores. También están obligados los trabajadores autónomos, independientemente de sus ingresos, así como los beneficiarios del ingreso mínimo vital.
Por el contrario, los perceptores de prestaciones por desempleo no estarán obligados a declarar en esta campaña, tras la reciente modificación normativa, aunque podrán hacerlo si el resultado les es favorable.
PRINCIPALES NOVEDADES
La campaña de este año incorpora algunos cambios relevantes, especialmente en materia de fiscalidad autonómica y determinados colectivos. Entre ellos, destacan ajustes para autónomos, nuevas casillas en el modelo de declaración y mejoras en el sistema Renta WEB para reducir errores.
También se introducen novedades en la tributación de ganancias patrimoniales, como las derivadas de premios, fondos cotizados (ETF) o sociedades de inversión (sicav), así como cambios en la base del ahorro, cuyo tipo máximo estatal aumenta del 14% al 15% para rentas superiores a 300.000 euros.
Asimismo, se mantiene el impulso a los incentivos fiscales vinculados a la sostenibilidad, como la compra de vehículos eléctricos o la mejora de la eficiencia energética en viviendas.
Como novedad destacada, se incorpora una nueva deducción dirigida a las rentas más bajas, con el objetivo de mitigar el impacto de la subida del salario mínimo interprofesional.
RECOMENDACIONES CLAVE
La Agencia Tributaria recuerda la importancia de revisar detenidamente el borrador antes de presentarlo, ya que la responsabilidad de los datos recae en el contribuyente. También aconseja no esperar a los últimos días para realizar el trámite y comprobar las posibles deducciones autonómicas aplicables.
Además, en caso de que la declaración resulte a pagar, existe la posibilidad de fraccionar el importe en dos plazos sin intereses, una opción habitual entre los contribuyentes.