La Unión Europea ha comenzado a aplicar desde este 12 de agosto un nuevo reglamento que establece un marco actualizado sobre envases y residuos de envases, con el objetivo de reducir el impacto ambiental y promover la economía circular en todos los Estados miembros. Este reglamento, que sustituye la normativa vigente desde 1994, introduce medidas progresivas que afectarán a fabricantes, distribuidores, establecimientos de hostelería y consumidores.
RESTRICCIONES INMEDIATAS Y NUEVAS OBLIGACIONES
Desde hoy, queda prohibida la comercialización de envases destinados a alimentos que contengan sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas (PFAS), conocidas como "químicos eternos", por encima de los límites establecidos. Esta restricción afecta especialmente a envases de papel o cartón con tratamientos resistentes a la grasa o humedad, aunque no supone una prohibición absoluta de todos los PFAS en cualquier producto.
Además, se implementan nuevas obligaciones de trazabilidad para los envases, con el fin de que las autoridades puedan identificar a los fabricantes en caso de incumplimientos. La información requerida podrá incluirse en documentos de entrega o envío, sin necesidad de modificar inmediatamente el etiquetado de productos ya en el mercado. Durante esta fase inicial, Bruselas ha recomendado a los estados miembros priorizar advertencias y plazos para corregir incumplimientos antes de imponer sanciones o retirar productos.
EL FIN DE LOS SOBRES DE KETCHUP Y OTROS ENVASES DE UN SOLO USO EN HOSTELERÍA
Una de las medidas más relevantes para el sector hostelero entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2030, cuando la UE prohibirá determinados envases de plástico de un solo uso. Esto incluye las dosis individuales de condimentos, como los sobres de ketchup, salsas, azúcar o leche para el café, que se utilizan en bares, restaurantes y otros establecimientos.
La prohibición también abarcará envases para consumo en el propio establecimiento, como bandejas, platos y vasos de plástico de un solo uso. Sin embargo, esta restricción no se aplicará a las monodosis vendidas en supermercados para consumo doméstico. Asimismo, se prohibirán ciertos envases de plástico de un solo uso para frutas y hortalizas frescas en cantidades inferiores a 1,5 kilos, así como pequeños envases de cosméticos y productos de higiene de un solo uso en hoteles, como botellitas de champú.
NORMAS PARA MONODOSIS DE CAFÉ Y TÉ
Antes del 12 de febrero de 2028, las bolsitas permeables de té y café, así como las monodosis de bebidas que se ablandan tras su uso, deberán cumplir con los requisitos de compostabilidad industrial establecidos por el reglamento. Estas disposiciones afectan tanto a las unidades permeables como a las monodosis no permeables usadas en máquinas de café o té. No obstante, la normativa no obliga a que las cápsulas rígidas de café desaparezcan o se sustituyan por cápsulas compostables en esa fecha.
REQUISITIOS PARA LAS BOTELLAS DE PLÁSTICO
Las botellas de plástico de un solo uso para bebidas deberán incorporar, desde el 1 de enero de 2030, al menos un 30% de plástico reciclado procedente de residuos posconsumo. Este porcentaje se calculará por tipo y formato de envase como promedio anual por planta de fabricación. En 2040, la exigencia aumentará hasta un mínimo del 65%. El reglamento también establece objetivos diferenciados para otros envases plásticos según su sensibilidad al contacto con alimentos, material y formato.
NOVEDADES PARA CONSUMIDORES Y SISTEMAS DE REUTILIZACIÓN
A partir del 12 de febrero de 2027, los establecimientos que vendan comida preparada o bebidas para llevar deberán disponer de un sistema que permita al cliente utilizar su propio recipiente reutilizable. Un año después, el 12 de febrero de 2028, estos negocios deberán ofrecer la opción de recibir pedidos en envases reutilizables integrados en sistemas de reutilización, aunque esta obligación no se aplicará a las microempresas.
Finalmente, desde el 1 de enero de 2029, los países de la UE deberán implementar sistemas de depósito y devolución para botellas de plástico y latas de bebidas de un solo uso de hasta tres litros. Los consumidores pagarán un depósito al comprar estos envases y podrán recuperarlo al devolverlos vacíos, con el objetivo de alcanzar una tasa de recogida separada del 90%.