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SENTENCIA

El Tribunal Supremo avala la planificación del Tajo y rechaza el recurso de la Diputación de Alicante

El Tribunal Supremo avala la planificación del Tajo y rechaza el recurso de la Diputación de Alicante

El fallo llega mientras el Sindicato de Regantes del Trasvase Tajo-Segura continúa su tramitación en paralelo

Por LVDT
lunes 27 de abril de 2026, 20:20h

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El Tribunal Supremo ha declarado inadmisible el recurso interpuesto por la Diputación Provincial de Alicante contra el Real Decreto 35/2023, que regula la revisión de los planes hidrológicos, entre ellos los del Tajo y el Segura.

El alto tribunal no ha entrado a analizar el fondo del asunto al considerar que la institución provincial carece de legitimación para impugnar la norma.

La sentencia, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo el 22 de abril de 2026, confirma además la conformidad a Derecho del Real Decreto, que establece el marco de planificación del agua para el periodo 2022-2027.

UN RECHAZO POR FALTA DE LEGITIMACIÓN. El Tribunal Supremo concluye que la Diputación de Alicante no ha acreditado que la planificación hidrológica afecte directamente al ámbito de su autonomía, un requisito imprescindible para poder recurrir este tipo de disposiciones generales.

Por este motivo, el recurso es inadmitido, lo que impide al tribunal pronunciarse sobre las cuestiones de fondo planteadas, entre ellas las relacionadas con los caudales ecológicos del Tajo o la asignación de recursos hídricos vinculados al sistema del trasvase Tajo-Segura.

El recurso de la Diputación se enmarcaba en la oposición a varios aspectos de la planificación del Tajo, especialmente la fijación de caudales ecológicos y las limitaciones asociadas al uso del agua que desemboca en el sistema del trasvase hacia el sureste.

En el procedimiento han participado también la Administración General del Estado y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, que han defendido la legalidad del decreto y la necesidad de garantizar los objetivos medioambientales del río Tajo, junto a otras entidades ribereñas.

El Tribunal Supremo impone además las costas a la parte recurrente y deja claro que el Real Decreto impugnado es conforme a Derecho, aunque sin entrar a valorar los argumentos técnicos y ambientales planteados en el recurso.

UN FRENTE JUDICIAL AÚN ABIERTO

El pronunciamiento del Supremo se produce en un contexto de varios litigios relacionados con la planificación del Tajo. En paralelo, el Sindicato de Regantes del Trasvase Tajo-Segura también ha impugnado disposiciones en la misma línea, un procedimiento que sigue su curso en los tribunales.

Aunque el Alto Tribunal no se ha pronunciado sobre ese caso concreto, la doctrina aplicada en esta sentencia refuerza el criterio de la falta de legitimación de determinadas entidades para cuestionar la planificación hidrológica, lo que podría condicionar el resultado de futuros recursos de naturaleza similar.

POSICIÓN REFORZADA DE CASTILLA-LA MANCHA

En términos jurídicos, la decisión del Supremo consolida la validez del Real Decreto 35/2023 y refuerza el marco normativo que da soporte a la planificación del Tajo, un elemento clave en el debate sobre el trasvase Tajo-Segura.

La sentencia se suma así a otros pronunciamientos previos del alto tribunal que han ido delimitando el alcance de los recursos presentados contra la planificación hidrológica, en un contexto especialmente sensible para Castilla-La Mancha, que defiende la prioridad de los caudales ecológicos y la protección del río.

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