www.lavozdeltajo.com

AUDIENCIA DE TOLEDO

Absuelven a una mujer acusada de agredir sexualmente a un menor en Oropesa

Absuelven a una mujer acusada de agredir sexualmente a un menor en Oropesa

El tribunal considera que el testimonio del denunciante presenta contradicciones y que no existen pruebas suficientes para destruir la presunción de inocencia

Por LVDT
jueves 30 de julio de 2026, 09:00h
Actualizado el: 30/07/2026 18:38h

Escucha la noticia

La Audiencia Provincial de Toledo ha absuelto a una mujer acusada de cometer un delito continuado de agresión sexual con penetración sobre un menor de 16 años en la localidad de Oropesa. La sentencia, conseguida por el abogado Jesús Lázaro de Aequitas Abogados, concluye que no ha quedado acreditada la comisión de los hechos más allá de toda duda razonable y, por tanto, mantiene la presunción de inocencia de la procesada.

La investigación se inició en marzo de 2023 tras un informe de la Fundación ANAR remitido a la Guardia Civil. La Fiscalía acusaba a la mujer de un delito continuado de agresión sexual con penetración a un menor y solicitaba una pena de diez años de prisión, además de una orden de alejamiento, libertad vigilada durante diez años tras el cumplimiento de la condena, la prohibición de trabajar con menores durante 23 años y una indemnización de 12.000 euros para la presunta víctima. La acusación particular elevó la petición hasta los doce años de prisión, reclamó 20.000 euros de indemnización e incluyó un delito de inducción al abandono del domicilio familiar.

Durante el juicio declararon el denunciante, sus padres, su hermana, los padres de la acusada y dos psicólogas forenses del Instituto de Medicina Legal de Toledo y Ciudad Real, además de la propia procesada, que negó en todo momento haber mantenido relaciones sexuales con el menor.

En la resolución, la Sala sostiene que el relato del denunciante no reúne los requisitos exigidos por la jurisprudencia para fundamentar una condena. Los magistrados destacan que su declaración fue "vaga, genérica y contradictoria", con cambios relevantes respecto a sus primeras manifestaciones, especialmente en relación con la existencia de relaciones sexuales con penetración, que inicialmente no fueron denunciadas y aparecieron posteriormente. También subrayan la ausencia de pruebas objetivas que corroboren la acusación.

La sentencia, conseguida por Jesús Lázaro, concede especial importancia al informe elaborado por las psicólogas forenses, quienes concluyeron que no era posible valorar la credibilidad del testimonio porque el relato carecía de una estructura lógica suficiente para aplicar las técnicas periciales habituales. Asimismo, indicaron que el joven no presentaba sintomatología psicológica asociada a un supuesto abuso sexual y apuntaron a la posible existencia de factores de influencia familiar y conflictos entre ambas familias que podían afectar al caso.

El tribunal también analiza el contexto en el que surgió la denuncia y recuerda que existían enfrentamientos previos entre las dos familias, además de llamadas realizadas por el menor y su hermana a la Fundación ANAR denunciando presuntos malos tratos por parte de su padre. A juicio de la Sala, estos elementos generan un escenario de incertidumbre que impide alcanzar la certeza necesaria para dictar una condena penal.

Por todo ello, la Audiencia Provincial de Toledo acuerda absolver a la acusada del delito por el que era juzgada, declara las costas de oficio y ordena el levantamiento de las medidas cautelares que permanecían vigentes. La resolución no es firme y puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el plazo de diez días.

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)

+
0 comentarios